martes, 2 de febrero de 2010

Alcaldía de Caracas ordenó el retiro de la esfera Pepsi de Plaza Venezuela


Caracas, 02 Feb. ABN. La Alcaldía de Caracas impuso a la empresa transnacional Pepsi de Venezuela una orden de remoción del vehículo publicitario de gran formato, conocido como la bola Pepsi, que se encuentra en la azotea de la Torre Polar ubicada en las inmediaciones de la Plaza Venezuela.

Así lo informó el Director de Control Urbano, Gorka Carnevalli, quien indicó que los representantes de la transnacional han sido notificados de las irregularidades que presenta la estructura.

Indicó que durante las inspecciones realizadas en el año 2009, se determinó que la publicidad tiene un peso estimado de 80 toneladas.

Asimismo, se detectó el desprendimiento de luminarias de fibra óptica que recubrían la esfera por efecto de las incidencias del viento y la falta de mantenimiento.

Otra de las fallas encontradas es que internamente la esfera mantiene un andamio metálico que no fue desmontado al finalizar el armado, y presenta corrosión en varias áreas.

Además no existe renovación de la póliza de seguro después de culminada la instalación de la esfera.

A juicio de Carnevalli hay múltiples incumplimientos a la norma, entre los que resaltó que algunos pernos de las chapas nodos de sujeción y secciones de la esfera presenta corrosión, y enfatizó que la empresa no ha presentado los planos anuales de mantenimiento efectuados al globo.

“Estamos aplicando la medida bajo el decreto N° 52 referido a la instalación y ajuste del marco jurídico, así como al cumplimiento y estricto control de todo elemento publicitario del municipio. Hemos determinado que este elemento representa una alta peligrosidad por encontrarse en una torre de mucha altura, teniendo en cuenta que en caso de un sismo o desastre natural aumenta el riesgo”, acotó.

Carnevalli informó que también se procedió a imponer una sanción pecuniaria con multa de 100 U.T. equivalentes a BsF 5 mil 500 por la violación de la Ordenanza sobre Publicidad y Propaganda en el artículo 64 referido a la exhibición de publicidad comercial mayor a 60 metros cuadrados sin el permiso de la municipalidad.

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