miércoles, 23 de diciembre de 2009

Centros Comerciales recibirán electricidad de 10 de la mañana a 9 de la noche.


Cuatro medidas de ahorro energético dictadas por el Gobierno nacional fueron publicadas ayer en Gaceta Oficial. La decisión obedece a la crítica situación del caudal de Guri, represa que provee el 73% de la electricidad a todo el país.

La presentación de un plan de ahorro energético, prohibición en el uso de lámparas y bombillos incandescentes y halógenos, y limitaciones en el uso de la electricidad, son algunas de las ordenanzas que, desde hoy tendrán que acatar los centros comerciales, bingos, casinos y el sector industrial del país para reducir hasta un 20% su consumo de energía eléctrica.

Así quedó establecido en la Gaceta Oficial Nº 39.332, del 21 de diciembre de 2009, publicada ayer y emitida en tres resoluciones del Ministerio para la Energía Eléctrica, organismo que fue creado en octubre pasado por el presidente de la República, Hugo Chávez.

El texto legal destacó, en líneas generales, tres medidas que se aplicarán en todo el territorio nacional, para contrarrestar los efectos del fenómeno climático “El Niño”, que en consecuencia “ha disminuido en el país los niveles de los caudales de los ríos que generan los embalses productores de hidroelectricidad”.

La resolución estableció que los centros comerciales sólo podrán tener luz de 11:00 am a 9:00 pm. Mientras que las salas de bingos y casinos, tendrán de 6:00 pm a 12:00 de la noche.

“La infracción o violación a los horarios establecidos darán el derecho a la operadora del servicio eléctrico, a realizar el corte del servicio por un período de 24 horas siguientes al incumplimiento. En caso de reincidencia la suspensión (...) será por 72 horas”.

Igualmente, todas las industrias ligeras, centros comerciales o residenciales que consuman menos de 2 Mw, deberán presentar un plan de Ahorro Energético para reducir al menos 20% del consumo.

“Los planes deberán presentarse ante la Corporación Eléctrica Nacional (Corpoelec) en un lapso de 30 días consecutivos. El incumplimiento de las disposiciones establecidas acarrearán un recargo tarifario de 20% sobre la factura del mes correspondiente para la primera infracción y de 10% adicional por cada reincidencia”, detalló el texto.

Finalmente, la cartera para la energía eléctrica, a través de la resolución, prohibió el uso de “lámparas, bombillas incandescentes o alógenas en vallas y avisos publicitarios” debiendo sustituirse por “lamparas y focos ahorradores”.

“Se deberán sustituir todos los tubos fluorescentes de tipo T12 (40W o 20W) por tubos fluorescentes tipo T8 (32W o 17W, utilizados en esos medios publicitarios”, destacó la Gaceta. Igualmente, las empresas que usen publicidad exterior contenida en anuncios luminosos, sólo podrán mantenerla encendida de 6:00 pm a 12:00 de la noche.

El consumo promedio por suscriptor residencial venezolano es de 4.500 kilovatios mensuales, el más alto del continente”.

Hasta ahora, y desde el pasado 4 de noviembre, el Gobierno nacional, mediante decretos y resoluciones, ha implementado acciones para disminuir el consumo de energía entre 10 y 30%. Entre las acciones desplegadas, se encuentran racionamientos de electricidad en el oriente y occidente del país, variación en el pago de las tarifas de consumo de luz, así como el bombardeo de nubes para producir lluvia, y la colocación de 50 millones de bombillos ahorradores.

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